Dos normas, un plazo: lo que todo operador de furgonetas y camiones debe hacer antes del 1 de julio de 2026
El 1 de julio de 2026 entran en vigor simultáneamente dos de los cambios normativos más importantes de los últimos años para el transporte por carretera europeo. Países Bajos pone en marcha su peaje por kilómetro para camiones — la vrachtwagenheffing — y la UE amplía los requisitos del tacógrafo inteligente a las furgonetas que operan en transporte internacional.
Ninguno de los dos cambios tiene periodo de gracia y el control comienza el primer día.
Si su flota entra en Países Bajos, o si sus furgonetas operan más allá de las fronteras, debe actuar ya. Esta guía explica exactamente qué implican ambos cambios, a quién afectan y qué pasos concretos dar antes del plazo.
Cambio 1: el peaje neerlandés para camiones (Vrachtwagenheffing)
¿En qué consiste?
A partir del 1 de julio de 2026, Países Bajos sustituye la Euroviñeta por una tarifa por kilómetro para los vehículos pesados de mercancías. Todo camión o furgoneta de más de 3,500 kg (categorías N2 y N3) debe pagar por cada kilómetro recorrido en las autopistas neerlandesas y en una parte significativa de las carreteras provinciales y municipales.
Esto se aplica por igual a los vehículos matriculados en Países Bajos y a los transportistas extranjeros. Los vehículos vacíos pagan lo mismo que los cargados. No importa qué carga se transporte ni cuál sea el propósito del viaje.
¿Cuánto cuesta?
Las tarifas se calculan en función del peso del vehículo y de la clase de emisiones Euro. El rango es amplio:
- Desde €0.022/km para un vehículo ligero y limpio
- Hasta €0.425/km para un vehículo pesado EURO 0
- Un tractocamión articulado EURO 6 típico de más de 32,000 kg paga aproximadamente €0.197–€0.201/km
En un viaje de ida y vuelta de 500 km por Países Bajos, eso supone unos €100 para un articulado EURO 6 — un coste relevante que a partir de ahora debe incorporarse a cada presupuesto en los corredores neerlandeses.
El requisito de la OBU — y la trampa decisiva
El peaje se registra y se factura mediante una unidad a bordo (OBU, On-Board Unit) — un dispositivo de seguimiento instalado en la cabina. Aquí es donde muchos operadores están cayendo.
La OBU debe permanecer encendida en todo momento mientras el vehículo se encuentre en Países Bajos — incluso en carreteras no sujetas al peaje. No existe la opción de «activarla solo en autopista». El RDW (la autoridad neerlandesa de vehículos) es explícito en este punto.
El segundo punto crítico: las OBU de la alemana Toll Collect y de la belga Satellic no son compatibles con el sistema neerlandés. Si su flota ya lleva OBU para el cumplimiento del peaje alemán o belga, esos dispositivos no funcionan aquí. Necesita un contrato aparte con un proveedor autorizado en Países Bajos.
Entre los proveedores autorizados a junio de 2026 se encuentran:
- NedLinq — proveedor nacional neerlandés, sin costes adicionales
- AS24 / TotalEnergies — primer proveedor EETS autorizado por el RDW
- Axxès, Telepass, Toll4Europe, Tolltickets, Eurowag — proveedores EETS que cubren varios países con una sola OBU y una sola factura
Si desea una única OBU que cubra Países Bajos junto con Alemania, Bélgica y otros países europeos, elija un proveedor EETS de la lista anterior.
¿Cuáles son las sanciones?
El control comienza el 1 de julio de 2026 y lo llevan a cabo la ILT (la inspección neerlandesa de medio ambiente y transporte) junto con la policía. Los vehículos con matrícula extranjera se rastrean mediante reconocimiento automático de matrículas (ANPR) y las sanciones se reclaman también fuera del país.
Durante los primeros seis meses (hasta el 1 de enero de 2027), los importes de las sanciones se reducen un 50%:
| Infracción |
Sanción completa (desde ene. 2027) |
Sanción reducida (jul.–dic. 2026) |
| Sin contrato con un proveedor de servicios de peaje |
€800 |
€400 |
| Circular con la OBU apagada |
€500 |
€250 |
A partir de 2027 el control se endurece aún más y los importes reducidos desaparecen por completo.
Lo que debe hacer
- Compruebe si alguno de sus vehículos entra en las categorías N2 o N3 (más de 3,500 kg de masa máxima autorizada). En ese caso, necesitan una OBU conforme con la normativa neerlandesa antes del 1 de julio.
- No dé por hecho que su OBU alemana o belga funcionará — no lo hará.
- Elija un proveedor: si solo opera en Países Bajos, NedLinq es la opción más sencilla. Si cubre rutas por varios países, elija un proveedor EETS para tener un solo dispositivo y una sola factura.
- Registre sus vehículos con el proveedor elegido antes de circular por carreteras neerlandesas a partir del 1 de julio.
- Asegúrese de que los conductores entiendan que la OBU debe permanecer activa durante toda su estancia en Países Bajos — no solo en las vías de peaje.
- Incorpore de inmediato el coste por kilómetro a sus precios en las rutas neerlandesas.
Cambio 2: los tacógrafos inteligentes (G2V2) ya son obligatorios para las furgonetas internacionales
¿En qué consiste?
Hasta ahora, las obligaciones de tacógrafo se aplicaban a los vehículos de más de 3.5 toneladas. A partir del 1 de julio de 2026, el Paquete de Movilidad de la UE extiende esas mismas obligaciones a los vehículos comerciales ligeros de entre 2.5 y 3.5 toneladas cuando se utilizan para el transporte internacional de mercancías o para cabotaje por cuenta ajena.
Es uno de los mayores cambios de los últimos años en el sector de las furgonetas y la mensajería exprés. Los operadores que venían cubriendo rutas transfronterizas en furgoneta sin ninguna obligación de tacógrafo se enfrentan ahora a las mismas obligaciones de registro que los conductores de camión.
¿A quién afecta exactamente?
La norma se aplica si su vehículo cumple los tres criterios siguientes:
- Peso: masa máxima autorizada de entre 2.5 y 3.5 toneladas (incluida la combinación de furgoneta y remolque)
- Finalidad: operar por cuenta ajena (transporte comercial)
- Geografía: cruzar una frontera internacional de la UE, o realizar cabotaje en otro Estado miembro
Existen exenciones para las furgonetas utilizadas exclusivamente en transporte nacional y para determinados transportes por cuenta propia en los que conducir no es la ocupación principal del conductor. Sin embargo, la línea entre cuenta ajena y cuenta propia no siempre es evidente, y los organismos de control ya están actuando en los corredores fronterizos. Si tiene dudas, busque asesoramiento jurídico o de cumplimiento en transporte antes del plazo.
¿Qué dispositivo se exige?
Solo el tacógrafo inteligente de segunda generación (G2V2) cumple el nuevo requisito. Los tacógrafos analógicos antiguos, los tacógrafos digitales de primera generación y los tacógrafos inteligentes de primera generación no cumplen el estándar exigido para el transporte internacional con vehículos comerciales ligeros conforme a las nuevas normas.
El G2V2 utiliza localización GNSS y permite a las autoridades de inspección en carretera realizar comprobaciones de datos a distancia sin detener el vehículo — una capacidad de control considerable que los operadores deben tener en cuenta.
La instalación debe realizarla un taller certificado que pueda efectuar además la calibración requerida y aplicar un bloqueo de empresa para proteger los datos.
¿Qué debe estar listo el primer día?
Más allá del propio dispositivo, operar legalmente conforme a las nuevas normas exige:
- tacógrafo G2V2 correctamente instalado y calibrado por un centro autorizado
- tarjetas de conductor — tarjetas inteligentes personales que vinculan la actividad de conducción a cada conductor
- tarjeta de empresa — utilizada para descargar, archivar y presentar los datos durante las inspecciones
- calendario de descarga de datos — los datos del conductor deben descargarse cada 28 días; los del vehículo, cada 90 días
- almacenamiento seguro de los registros — los datos deben conservarse un mínimo de 12 meses (se recomiendan 24 meses) y estar accesibles para inspección en cualquier momento
- conductores formados — en el uso correcto de la tarjeta, en el registro de conducción y descanso y en qué constituye una infracción
El problema práctico al que se enfrentan ahora los operadores
Los talleres de instalación de Alemania, Polonia y Países Bajos informan de limitaciones de capacidad. Los operadores que esperaron pagan ahora un 40–60% más por la instalación que quienes actuaron a principios de 2026. Con solo unos días para el plazo, las citas escasean y los plazos de entrega se alargan.
Si aún no ha reservado la instalación, hágalo hoy — no la semana que viene.
Lo que debe hacer
- Revise cada furgoneta de su flota con una masa máxima autorizada de entre 2.5 y 3.5 toneladas. Identifique cuáles operan de forma comercial a través de fronteras.
- Póngase en contacto de inmediato con un centro certificado de instalación de tacógrafos y reserve cita.
- Solicite las tarjetas de conductor para todos los conductores que cubren esas rutas — el trámite ante la autoridad competente de su país lleva tiempo.
- Obtenga una tarjeta de empresa de su autoridad nacional.
- Establezca un proceso de descarga y almacenamiento de datos antes del primer viaje transfronterizo bajo las nuevas normas.
- Forme a todos los conductores implicados en las normas de la UE sobre tiempos de conducción: tiempos máximos de conducción, pausas obligatorias y descansos diarios y semanales.
- Revise la planificación de sus rutas — las normas de la UE sobre tiempos de conducción pueden exigir cambios operativos en trayectos que hasta ahora se cubrían sin restricciones.
El panorama general: ambos cambios afectan a la misma flota
Para los operadores de furgonetas y los transitarios que cubren rutas exprés internacionales — en particular en los corredores Benelux, Países Bajos–Alemania y Países Bajos–Bélgica — estos dos cambios llegan a la vez y se refuerzan mutuamente.
Sus furgonetas necesitan ahora un tacógrafo conforme y una OBU activa cuando operan en Países Bajos. Los conductores se enfrentan a nuevas normas de descanso que afectan a los tiempos de ruta. El coste por viaje aumenta. La carga administrativa aumenta.
No es motivo de alarma — es motivo para prepararse. Los operadores que tengan sus OBU registradas, sus tacógrafos instalados y sus conductores formados antes del 1 de julio seguirán cubriendo esas rutas sin interrupción. Los que no se hayan preparado se expondrán a sanciones, a la inmovilización de vehículos y a un riesgo reputacional ante sus clientes.
El plazo es fijo. El coste del incumplimiento es real. Los pasos para cumplir son sencillos.
Actúe ahora, no el 30 de junio.